De acuerdo con la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, el personal al servicio de las Corporaciones Locales y de los Organismos de ellas dependientes, debe solicitar autorización de compatibilidad si desea ejercer cualquier actividad privada o una segunda actividad pública susceptible de compatibilidad.
Las resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad que afectan a los empleados públicos son las siguientes:
Página revisada: junio 2023